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La Corte Suprema ordenó reabrir la causa de la tragedia del colegio Ecos

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la sentencia que había declarado la prescripción de la causa de la tragedia de Ecos, el accidente ocurrido hace doce años en la provincia de Santa Fe en el que murieron doce personas, entre ellos nueve estudiantes y una docente que habían viajado a hacer tareas solidarias a la provincia de Chaco.



Por mayoría, el máximo tribunal declaró procedente el recurso contra la resolución de la Corte de Santa Fe, que había declarado la extinción de la acción penal por prescripción y revocado la condena de quien se había considerado era el responsable en calidad de autor de varios delitos de homicidio y lesiones por imprudencia.

Los ministros Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti consideraron, al remitir al dictamen del procurador, que la decisión apelada carece de la adecuada fundamentación que se exige a los pronunciamientos judiciales y por ello hicieron lugar a la queja, declarando procedente el recurso extraordinario de
conformidad con la doctrina sobre arbitrariedad de sentencias, informó el Centro de Información Judicial.

En su dictamen, el procurador fiscal había considerado, por un lado, que correspondía al tribunal de la anterior instancia
evaluar si la divergencia de motivaciones entre los magistrados que conformaron la mayoría, que dispuso la revocación de la condena dictada en estas actuaciones, afectaba la unidad de fundamentos que requiere toda respuesta jurisdiccional a
la que las partes tienen derecho, en cuyo caso debía descalificar la sentencia impugnada y ordenar el dictado de una
nueva.

Por otro lado, había entendido que la decisión apelada carecía de la adecuada fundamentación que se exige a los
pronunciamientos judiciales, en razón de que el mencionado tribunal no había dado debida respuesta a la posición
conducente para la solución del litigio que la parte acusadora había introducido oportunamente.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz sostuvo que la sentencia que venía siendo recurrida no era arbitraria y por
tanto consideró que correspondía desestimar la queja traída.

El accidentó el 8 de octubre de 2006, cuando un grupo de chicos del colegio Ecos que viajaron a hacer tareas solidarias de
El Impenetrable, Chaco volvían hacia Buenos Aires.

A unos 200 kilómetros de Santa Fe capital, en el kilómetro 689, en el departamento de Vera, el micro que los llevaba por la
ruta 11 chocó de frente con un camón que zigzagueante que venía por el carril contrario.

Nueve alumnos y una maestra murieron. También el chofer del camión –que estaba cerca del coma alcohólico- y su acompañante. Otras 40 personas resultaron heridas.

El chofer del micro, Oscar Atamañuk afrontó tres juicios: el primero fue en 2009 y fue absuelto, pero el fiscal apeló y la
sentencia fue anulada por la Cámara Penal de Apelaciones de Vera.

El segundo se llevó en 2011 y el chofer fue condenado a tres años de cárcel en suspenso por homicidio culposo, pero la
defensa apeló y el fallo fue anulado por la Cámara de Penal de Rafaela.

El tercer debate se realizó dos años después y recibió una condena a dos años y medio de prisión por «homicidio culposo»
y «lesiones culposas» y una inhabilitación para conducir por cinco años.

Fuente: Jueves 11 de julio de 2019 – (NA.)