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Gioja impulsa un proyecto sobre servicios públicos y emergencia energética

El diputado nacional por el Frente de Todos José Luis Gioja presentará un proyecto de ley sobre tarifas de servicios públicos y emergencia energética, que limita los incrementos para usuarios residenciales y pymes. La iniciativa crea un «Régimen general de tarifas de servicios públicos de competencia nacional», que deberán ser «justas, razonables y transparentes».



Según el texto del proyecto, se dispone que las tarifas y los precios de servicios públicos para usuarios residenciales no podrán aumentar en mayor medida que el índice establecido por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) acumulado desde la fecha de la última modificación o revisión tarifaria correspondiente. De esta limitación quedarán exceptuados los usuarios del servicio de gas doméstico de la categoría 3.4 o superiores o los de electricidad de la categoría 7 o superiores.

Las tarifas y precios de servicios públicos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), las cooperativas de trabajo de fábricas o empresas recuperadas que se encuentren inscriptas en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) no podrán aumentar en mayor medida que el Índice de Precios Internos al Mayor (IPIM) acumulado desde la fecha de la última modificación o revisión tarifaria.

El proyecto instituye el «Régimen de Equidad Tarifaria Federal», que tiene por objetivo principal «evitar desproporciones y asimetrías en la aplicación de tarifas y de costos de jurisdicción nacional, que impactan negativamente en el desarrollo de regiones del país o en la calidad de vida de las personas que en ellas habitan».

Este Régimen se sostendría en los siguientes principios, de acuerdo con el texto elaborado por Gioja:

1) Las tarifas y costos por servicios e insumos a abonar por los usuarios deberán contemplar el impacto de las condiciones climáticas de cada región o provincia, su nivel de desarrollo económico, la situación socioeconómica de sus habitantes y los perjuicios que provoque la imposibilidad de acceso a alguno de los servicios.

2) Es un deber del Estado Nacional fijar tarifas para promover el desarrollo y la mejor calidad de vida de las zonas más postergadas del país.

3) No se podrán fijar tarifas de costos más altos para usuarios residenciales que habiten en zonas con indicadores de necesidades básicas insatisfechas mayores en relación con otras de mejor calidad de vida.

4) Deberán adoptarse medidas tendientes a la eficiencia energética, el ahorro, la preservación ambiental y el consumo responsable, generando incentivos que eviten el derroche.

También se crea el «Régimen nacional y universal de beneficiarios de la tarifa social», que entre otros incluye a jubilados, pensionados, beneficiarios de la prestación por desempleo y monotributistas de las categorías más bajas, con el objetivo de establecer un cuadro tarifario diferencial.

Según el proyecto, las tarifas y precios de servicios públicos «se fijarán o modificarán con participación previa y no vinculante de asociaciones de usuarios y consumidores, del Defensor del Pueblo de la Nación y de organismos de control».

La iniciativa dispone, asimismo, el dictado de la «emergencia energética» hasta el 31 de diciembre de 2022, que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a renegociar los contratos y licencias de prestación de los servicios públicos.

Por último, contempla la instauración de un «plan de sustentabilidad de los regímenes de servicios de gas y electricidad», que consistirá en una remisión directa de recursos para atender diferencias entre cargos de generación y/o transporte con servicios de distribución, y en la posibilidad de pagar diferencias a generadores y transportistas mediante títulos públicos.