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Este es el protocolo sanitario vigente para el transporte público de pasajeros

Las medidas imperantes tienen el objetivo de reducir los contagios de Covid-19 en una de las vías de desplazamiento más utilizadas por los sanjuaninos.


Acompañando las disposiciones del Ministerio de Transporte de la Nación en su resolución 293/2020, MinGob informó que continúa vigente la Resolución N° 268-2020, que responde a diversas pautas sanitarias para choferes y pasajeros del transporte público en el marco de las medidas adoptadas por el Comité COVID-19 de la provincia de San Juan.

En este sentido, es necesario respetar el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio por lo que está permitida la ocupación del 80% en los colectivos interurbanos para garantizar una circulación segura de los ciudadanos.

Dentro de los colectivos de línea urbanos, la cantidad de pasajeros no debe superar la capacidad de asientos disponibles y, únicamente, como excepción en los horarios pico y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse solo hasta diez (10) pasajeros de pie.

La frecuencia de las unidades debe ser la máxima posible según la disponibilidad de vehículos y personal habilitado, y en las horas de mayor demanda debe reforzarse la frecuencia para cumplir el distanciamiento social. De esta manera, el personal sanitario y de seguridad puede acceder en horario a su puesto de trabajo.

Los colectivos deben circular con todas sus ventanillas abiertas en todo momento, y aquellos que utilicen aire acondicionado deben utilizarlo con la mayor toma de aire del exterior para garantizar la renovación del aire dentro de la unidad.

Tanto los pasajeros como los choferes tienen la obligación de utilizar elementos de protección personal (EPP) durante el viaje como también en la espera del colectivo en las respectivas paradas, y continúan vigentes las medidas de desinfección e higiene en los vehículos.

El ascenso de los pasajeros debe realizarse únicamente por la puerta delantera, y al bajar deberán hacerlo por la puerta trasera sin excepción. Además, el chofer debe garantizar el ascenso y descenso del personal sanitario y de las fuerzas de seguridad que realicen controles de las medidas sanitarias.

Todas estas disposiciones son exigidas estrictamente por el Ministerio de Gobierno al sector empresario del transporte, y verificadas a diario por el cuerpo de Inspectores de la Dirección de Control del Tránsito en operativos realizados en diferentes zonas de la provincia y en horarios rotativos. De esta manera, es controlado el uso de elementos de protección, cantidad de pasajeros, estado de desinfección y correcta ventilación de los colectivos.

Además, comentaron que para realizar reclamos, denuncias o sugerencias, pueden comunicarse al teléfono 4306300 de la Secreatía de Tránsito y Transporte.