Inicio General Multarán a los propietarios de terrenos baldíos que no cumplan con las...

Multarán a los propietarios de terrenos baldíos que no cumplan con las normas municipales

Con está medida el municipio de Capital busca evitar que en los terrenos que se encuentran desatibados se generen depósitos de escombros, olores nauseabundos, residuos domiciliarios y la propagación de vectores y enfermedades.



La Municipalidad de Capital dio comienzo a la primera etapa de intimación a  los propietarios de terrenos baldíos  de departamento para que  regularicen su situación, en el marco legal vigente. Esos espacios  privados abandonados deben quedar cerrados, limpios y con veredas. De lo contrario, se judicializa con multas de hasta $250.000 para los dueños.

De acuerdo a un estudio realizado por por la comuna  hay un total de 14 parcelas que se encuentran en infracción,  en proceso de intimación. Con la colocación de cartelería,  comenzó la intimación a los propietarios de 6 de estos espacios en abandono para que se realice la limpieza, cierre perimetral y construcción de veredas en el lugar. En caso de no hacerlo se procede con la judicialización correspondiente, de acuerdo a los pasos previstos por normativa municipal.

Los primeros baldíos son terrenos ubicados en:

1) Avenida Alem 1199 Sur

2) Avenida España y calle 9 de Julio 690 Oeste

3) Calle Corrientes 446 Oeste (y Salvador María del Carril)

4) Calles Paraná y Caseros 1898 Norte

5) Avenida España 1251 Sur

6) 9 de Julio 231 Oeste

Luego se continuará con las 110 sentencias monitorias que se dictaminaron en los juzgados a cargo.

El Ejecutivo Municipal en forma conjunta con el Juzgado de Faltas Municipal, de 1° y 2° nominación, labrará multas de hasta $250.000 a los propietarios de parcelas en estado de abandono, por representar un potencial foco de riesgo ambiental, sanitario y social que también afectan la estética urbana.

Tras el relevamiento y el acta de infracción, el Juzgado de Falta realiza la sentencia monitoria. Es el caso de estos primeros terrenos con la señalización. En esta instancia, el propietario debe asistir a una audiencia en la que reconocerá la infracción y se realizará la corrección de la falta (artículo 12).

Posteriormente se establecerá un plazo de 30 a 45 días para dar cumplimiento con la normativa que implica cerrar el lugar, limpiar y construir veredas. En caso de no asistir a la audiencia, se lo considera en rebeldía y se confirma la sentencia, ejecutando la multa a costa del propietario.