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Cómo deberán acreditar la inasistencia los empleados de la administración pública

Desde este martes estará habilitada una herramienta en el sitio web del Gobierno de San Juan que permitirá gestionar la licencia en casos que corresponda a quiénes estén exentos de asistir.



A través de una circular, la Dirección General de Recursos Humanos y Organización brindó detalles de la manera de acreditar las inasistencias por parte de todas aquellas personas trabajadoras de la administración pública provincial, centralizada, descentralizada y autárquica que presenten factores de riesgo identificados por el Ministerio de Salud Pública en situación del Covid-19.

A tales efectos, los agentes comprendidos por el Decreto Acuerdo 0009 deberán desde este martes seguir los siguientes pasos.

Ingresar al portal oficial del Gobierno de la Provincia de San Juan para cargar la Solicitud de Licencia Covid-19

-Cargar los datos personales allí indicados: Nombre y Apellido, DNI, sexo, correo electrónico, número de teléfono celular de contacto y repartición a la que pertenece.
-Deberá seleccionar el o los factores de riesgo allí indicados.
-Proceder al envío de Solicitud de Licencia Covid-19.
-Conservar y resguardar la Solicitud de Licencia Covid19 para su posterior presentación ante la unidad sectorial de personal que recibirá en el correo declarado.

La Dirección de Recursos Humanos y Organización recibirá las Solicitud de Licencia Covid-19 y las distribuirá a las Unidades de Sectorial de Personal respectivas mediante el uso del correo electrónico.

Las Unidades de Sectorial de Personal deberán:

-Adjuntar al Legajo del Personal la Solicitud de Licencia Covid-19.
-Al término de la misma, deberán recibir el Certificado Médico original que acredita que el agente posee la patología enumerada en el grupo de riesgo y solicitar la intervención de firma, aclaración y DNI del agente en la Solicitud de Licencia Covid-19, previamente archivada en su Legajo.
-Archivar en el Legajo del agente la Solicitud de Licencia Covid-19 debidamente intervenida y el certificado médico.
-En caso que el agente no presente la documentación que perfecciona el derecho a cobro de la licencia al término del período de aislamiento, deberá informar al liquidador para el descuento de la totalidad de los haberes abonados en el período de ausencia.

Atento a que constituye una licencia especial, las autoridades de las diversas reparticiones deberán emitir resolución con relación a las inasistencias originadas en la situación descripta.