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Ya se establecieron los 15 puntos importantes de la Ley de Emergencia Económica

Costos y beneficios para empresas, jubilados, perceptores de AUH y asalariados. El Poder Ejecutivo podría vetar algunas modificaciones.


A continuación, 15 puntos principales que se deberán tener en cuenta a partir de la promulgación por parte de las Cámaras legislativas:

1_Bono para jubilados: Serán dos pagos de hasta $5.000, el primero el 30 de diciembre y en enero. Beneficia a quienes perciban el haber mínimo de $14.068 y hasta un tope de $19.067, para completar un nuevo piso total de $19.068. Abarca aproximadamente a 4.500.000 jubilados y pensionados.

2_Movilidad jubilatoria: Se suspende por 180 días el sistema de ajuste vigente desde marzo de 2018, con base el trimestre julio a septiembre de 2017 de variación de un 70% la tasa de inflación y 30% de la correspondiente a la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (Ripte).

3_IVA: Se reemplaza la rebaja a cero de la alícuota a alimentos básicos por un reintegro selectivo: a jubilados que perciben el haber mínimo y a beneficiarios de la AUH, hasta un tope de $700 por mes.

4_Asignación Universal por Hijo (AUH): Se pagará a todos los beneficiarios un adicional de $2.000, en diciembre y en enero.

5_Operaciones de ahorro y gastos en dólares: Se aplicará por hasta 5 años un recargo del 30% a la compra de moneda extranjera, incluidos los cheques de viajero y gastos de viajes en el exterior que se paguen en moneda en dólares. Se mantiene la restricción de límite máximo de compra de USD 200 mensuales para las personas humanas, con el adicional del 30% sobre la cotización de mercado.

6_Dólar tarjeta previa a la ley: Las operaciones hechas antes de la sanción de la ley se liquidarán y pagarán al tipo de cambio de mercado, sin impuesto.

7_Tarifas servicios públicos: Se congelan por 180 días los cuadros tarifarios de electricidad y gas natural “de jurisdicción nacional”. Se intervienen los entes reguladores y se retoma la competencia nacional sobre las distribuidoras Edenor y Edesur.

8_Autos: Por la aplicación de alícuotas diferenciadas de impuestos internos, algunos vehículos con precio de venta al público de más de $1.829.000 tendrán aumentos que variarán según el modelo, desde 14% a 36%. El incremento puede ser levemente mayor si se tiene en cuenta que todas las unidades importadas y las autopartes pasarán a tributar una tasa de Estadística del 3%, hoy es de 2,5%.

9_Bienes Personales: Se aplicarán alícuotas de 0,50% a 1,25%, según el excedente de patrimonio. Las tasas se duplicarán en el caso de activos radicados en el exterior, pero se las reducirá al nivel original si esos activos son repatriados.

10_Pymes: Se establece un plan de regularización de deudas tributarias vencidas al 30 de noviembre hasta en 120 cuotas. Se condonan los intereses hasta el 100% y, si se paga al contado, una quita del 15% en el capital.

11_Contribuciones patronales: Los empleadores de servicios o comercio con ventas de más de $48 millones anuales pagarán una alícuota de 20,40%, el resto el 18%. Como se baja el tope de facturación para recibir el beneficio (actualmente es de $50,95 millones en las empresas de servicios y $178,86 millones en comercio).

12_Retenciones: Se faculta al Poder Ejecutivo a aplicar derechos de exportación de hasta 33% para soja y derivados y del 15% para trigo y maíz. Los productos industriales y agroindustriales y los servicios tendrán un máximo del 5%. Respecto de los niveles vigentes al viernes 13 de diciembre, las retenciones a la soja pasarían de $14,77 a $19,74 por dólar (+33,6%) y las de trigo y maíz de $4 a $ 8,97 por dólar (+124,25 por ciento).

13_Impuesto a las Ganancias: Como se reduce el ajuste por inflación de un tercio a un sexto, el saldo a pagar por el corriente año fiscal será mayor.

14_Impuesto a la Renta Financiera: Se exime a todas las colocaciones en moneda nacional a plazo fijo y en títulos públicos.

15_Impuesto al Cheque: Las grandes empresas deberán tributar 0,6% adicional en los casos de retiro de dinero en efectivo de las entidades bancarias, el doble que en la actualidad. No alcanza a las personas humanas, ni a las jurídcas que revistan y acrediten la condición de micro y pequeñas empresas.